14 de mayo de 2025

 

A partir del primer minuto del 12 de mayo, el Departamento de Seguridad Nacional aplicará el Título 8 en la frontera con México para procesar a inmigrantes, luego de terminar el Título 42. El Título 8, han explicado autoridades federales, es la norma del Código de los Estados Unidos que permite el procesamiento de no ciudadanos que solicitan asilo.

“Procesaremos nuevamente a las personas en nuestra frontera sur utilizando nuestras autoridades de control de inmigración bajo el Título 8 del Código de los Estados Unidos”, dijo el miércoles el secretario de Seguridad Nacional, Alejandro Mayorkas.

Es decir, bajo esa norma los oficiales de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) atienden a los inmigrantes que solicitan asilo, pero si no cumplen con los requisitos de “miedo creíble” se impide su ingreso a EE.UU. o son procesados para expulsión.

Con el fin del Título 42, el Título 8 será reforzado, ya que los inmigrantes podrán solicitar asilo, pero ahora serán procesados en forma expedita, es decir, en menos de 72 hora sabrán las autoridades creen que tienen un caso creíble.

Aquellos inmigrantes que no demuestren persecución política o de inseguridad en sus países serán retornados, ya sea a México –los originarios de Cuba, Nicaragua, Haití y Venezuela– o a sus países de origen.

A los inmigrantes indocumentados que sean detenidos por agentes migratorios serán puestos en un proceso de deportación acelerada y se les impondrá un castigo de hasta cinco años para volver a Estados Unidos.

Los indocumentados que reingrese al país serán puestos en un proceso judicial, es decir, enfrentarán prisión.

“Permítanme ser claro, el levantamiento del título 42, una Orden de Salud Pública, no significa que nuestra frontera esté abierta“, insistió Mayorkas.

Fuente Diario La Prensa

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